Víctor Hugo Hachi, es el presidente del Colectivo de Personas con Discapacidad de la provincia de Pastaza; él nos hace un ligero análisis de la nueva Ley Orgánica de Personas con Discapacidad. Pero dentro de sus observaciones inicia, subrayando que a su criterio los asambleístas lamentablemente votan por votar, sin saber ni lo que votan. Porque es evidente que hay varias contradicciones que los señores asambleístas ni siquiera se dieron cuenta.
Una de ellas, señala que en el Art 82 del ámbito tributario, establece que el impuesto al valor agregado pagado en adquisiciones locales para uso exclusivo en cualquiera de los bienes citados en los numerales del 1 al 8 del Art 99 de esta Ley no tendrá límite en cuanto al monto de su reintegro. Pero pasando al Art 99 habla de control y fiscalización que no tiene nada que ver con lo que están hablando, que más bien, la parte mencionada en este tema se halla en el At. 96. Lo que significa que no tiene coherencia con lo que hacen, por lo cual tendrán que hacer una rectificación.
Lamentablemente son más de 150 asambleístas y no puede ser posible que no se hayan percatado de algo tan simple, por lo cual recomienda a los llamados Padres de la Patria a que por lo menos se den un tiempo para leer antes de aprobar cualquier ley o por lo menos digan a sus asesores que les den haciendo bien su trabajo.
Otra de las observaciones que hace, es que, no tiene mayores aportes en la nueva ley, solo se trata de un copia y pega de la anterior y lo que es más, hace una mezcla de artículos que unos los quitan de aquí y los ponen por allá y viceversa.
Lo único bueno que se podría resaltar es el hecho que ahora exige a las instituciones de educación superior a que incluyan dentro de su personal docente también a personas con discapacidad en el Art 42. Lo que significa que ya no solo serán personas de servicio, como limpieza, jardinería, conserjería y otros, sino que también deben ser incluidos en la cátedra de estudios en calidad de docentes o como asistentes de docentes. Eso es nuevo y muy bueno para las personas con discapacidad que les abre nuevas oportunidades de trabajo y superación.
En lo que tiene que ver a la estabilidad laboral, además de la indemnización que establecía en la ley anterior, ahora se agrega que el empleado deberá volver a ser contratado si este a su vez así lo desea. Es decir que ya no solamente tiene que ser liquidado, sino que obligatoriamente tiene que volver a ser reinsertado en su acción laboral.
Finalmente, lo positivo de la Ley es también en materia política que ahora establece que los partidos y movimientos políticos podrán incluir entre sus listas a las diferentes dignidades también a personas con discapacidad. Esto si es nuevo, que nunca antes había existido y es una garantía de sus derechos.