Inmediatamente conocida la resolución de la Transcomunidad sobre el retiro del permiso de operación a la Compañía de Transporte Urbano IntraPuyu, los directivos de la compañía salieron a la luz pública para calificar la medida como un acto de persecución que no es nuevo para ellos, pues todo este tiempo han venido sufriendo de todo tipo de represalias.
Aducen que la IntraPuyu mantiene un permiso de operación vigente hasta el 2028 y que solo por el hecho de haber entrado en un proceso de liquidación por parte de la Superintendencia de Compañías se toman la atribución de retirarles el permiso de operación, anticipándose a una supuesta disolución de la compañía.
Marcelo Sánchez, uno de los accionistas de la Compañía IntraPuyu, señala que hay un desconocimiento total de la situación legal de la empresa ya que hasta la presente fecha no tienen ninguna observación de la Superintendencia de Compañías, apenas hay una resolución masiva en la que desde Guayaquil donde se menciona a una lista de empresas que han incumplido con ciertos requisitos de una u otra índole en la cual se nombra a la IntraPuyu. Es más, la Compañía se halla en un proceso de intervención que no ha concluido todavía y no se ha seguido el proceso correspondiente de notificar a la señora interventora que es la persona indicada para emitir cualquier informe.
También hay un proceso de acción de protección que ha sido presentado y será la autoridad competente la que tenga que tomar resolución del caso, la audiencia sobre esto está fijada para el 7 de mayo.
El señor Carlos Condo, accionista principal de la Compañía, muestra con documentos que al momento no hay ninguna acción de parte de la Superintendencia de Compañías, lo que significa que la decisión adoptada por la Transcomunidad responde a documentos anteriores que no están actualizados.
El único organismo competente para determinar la disolución o liquidación de tal o cual compañía es la Superintendencia de Compañías, cosa que hasta el momento no existe ninguna resolución que avale este hecho, el proceso de intervención al que han sido sometidos sigue todavía y puede durar por meses o por años.
Alegan que es una ilegalidad el hecho de haber otorgado a las otras compañías la disposición de acoger las rutas de la Transcomunidad, cosa que solo lo puede hacer la Agencia Nacional de Tránsito, lo que significa que no se ha cumplido con la ley y el órgano regular.
Las unidades seguirán operando hasta que la autoridad competente disponga lo contrario y presentarán otra acción legal por atropello al derecho al trabajo.
