El Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) adoptó políticas y acciones inmediatas que permitieron al Centro de Mediación de la Función Judicial, garantizar el acceso de la ciudadanía de Morona Santiago a este servicio, a través de 2 oficinas operativas y 2 mediadores en los cantones Morona y Sucúa.
Es así, que se habilitó la atención a través de procesos telemáticos mediante los cuales los usuarios que cuentan con firma electrónica y herramientas tecnológicas, como computadores, correos electrónicos, teléfonos inteligentes, señal de internet apropiada, pueden solicitar que el proceso sea tramitado de forma virtual.
Para el efecto, el usuario debe ingresar a la página www.funcionjudicial.gob.ec, en el micrositio de mediación y llenar un formulario solicitando la mediación en línea. Una vez cumplido este paso, la atención se desarrollará en su totalidad bajo esa modalidad.
De igual forma, se reestableció la atención presencial. Las partes que no cuenten con firmas electrónicas, ni herramientas tecnológicas para el desarrollo del proceso de mediación vía telemática, pueden hacerlo presencialmente, respetando los protocolos de bioseguridad y el distanciamiento social.
También se determinó un proceso mixto de atención en el caso de que las partes o alguna de ellas no tengan firma electrónica, pero sí acceso a plataformas tecnológicas que permiten realizar video llamadas o reuniones virtuales. En esta modalidad, las audiencias y la socialización de las actas se realizan mediante mecanismos telemáticos y se remiten por correo electrónico, respectivamente. Únicamente la suscripción del instrumento de cierre del proceso, se la realiza de manera presencial bajo la responsabilidad de las personas que intervienen en la mediación. De esta manera, se evita al máximo el contacto físico entre las partes y mediadores, reduciendo el riesgo de contagio.
Adicionalmente, se habilitaron ventanillas específicas para los usuarios del servicio de mediación, en el Complejo Judicial de Morona y en la Unidad Judicial Multicompetente de Sucúa, con el fin de que puedan ingresar procesos y solicitar información.
Durante la pandemia por el COVID-19, se atendieron de manera prioritaria casos en materia de Familia y Civil como: fijación de pensión alimenticia, cobro de deudas, incumplimiento de contratos, demarcación de linderos, indemnización de daños y perjuicios; y otros asuntos de carácter patrimonial o indemnizatorio.
De igual forma, procesos relacionados con la materia de Inquilinato, entre otros, incumplimiento de contrato de arrendamiento, pago de cánones de arrendamiento atrasados, desocupación del inmueble y devolución de garantía.
En el ámbito laboral, se atendieron formas de pago de liquidación de haberes laborales o jubilaciones patronales y cancelación de sueldos atrasados.
La mediación tiene múltiples ventajas: es confidencial, tiene respaldo legal, ahorra tiempo y dinero y evita ir a juicios innecesarios.