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Madre trabajadora gana acción de protección en contra de la Prefectura

por Andres Ortega

Fue la Defensoría del Pueblo, la que tomó acción a favor de una madre trabajadora del Gobierno Provincial de Pastaza, quién venía siendo vulnerada en sus derechos por ser madre sustituta de una niña con  discapacidad mental en grado del 70% y que bajo un informe de trabajo social sin enfoque de derechos, sin motivación le eliminan su derecho al cuidado de su hija de dos horas, conforme establece la Ley Orgánica de Discapacidades, luego que desde hace 5 años atrás viniera utilizando estas horas para terapia de su hija que tiene discapacidad mental irreversible, la Jueza Constitucional declaró la falta de motivación del informe social, produce una regresión de derechos, que vulnera otros derechos de la niña.

Yajaira Curipallo, delegada de la Defensoría del Pueblo de Pastaza, señaló que, si bien es cierto, no fue una acción directa de su dependencia, sino que asumió la responsabilidad en virtud que fue solicitada la ayuda de un abogado de la Defensoría del Pueblo, en co-defensa con la doctora Paulina Guevara.

El hecho fue que, a la madre se le retira su derecho al cuidado de la niña por dos horas en horario de trabajo y con ello, se le limita al uso de las terapias que la niña tenía que hacerse directamente con los terapistas profesionales.

Al parecer, dicha limitación se le hizo, en virtud o como represalia por ser familiar o tenía parentesco con una persona que se manifestó en contra de la administración denunciando ciertas irregularidades, que no se ahonda en el tema por cuanto no viene al caso, pero que se emitió un informe para que se suspenda el derecho de las dos horas en el mes de mayo.

La Defensoría del Pueblo pudo justificar que había una serie de acciones que faltan a la seguridad jurídica y violación a la motivación, y que la trabajadora social señaló que la madre no estaba cumpliendo con el cuidado de la hija y que desde hace un mes no estaba llevando a la niña a las respectivas terapias, pero resulta que ese tiempo corresponde al tiempo en el que se le suspendió el derecho de las dos horas.

Lo curioso es la misma prefectura le reconoció este derecho a las 2 horas para el cuidado de su hija desde el año 2019, pero ahora en el 2021, por lo las posibles retaliaciones que ya se señalaron, se retracta y se emite un informe que le niega ese mismo derecho.

En este sentido, la señora jueza aceptó la acción de protección de manera oral, pero hay todavía que esperar a que se profundice aún más en la sentencia por escrito la transgresión de otros derechos que le corresponden en virtud a su situación de discapacidad mental.

Esto sería uno de los casos más de los tantos que la prefectura pierde sobre el mismo tema.

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