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ANT en Pastaza encuentra fallas en la resolución que cambia el recorrido de las operadoras Puyo – Shell

por Andres Ortega

Aracelly Paguay directora de la Agencia Nacional de Tránsito en la provincia de Pastaza, señala que efectivamente el pasado miércoles a las 11 de la noche la ANT fue notificada con la resolución emitida por el Alcalde del Cantón Pastaza, en donde se les cambia el recorrido a las operadoras Reina Cumandá y Alpayán en el tramo de Puyo hacia el Cantón Mera.

A razón de ello, se ha emitido un comunicado el viernes pasado a la Autoridad Municipal, en la cual se le menciona que existen fallos en algunos términos de la resolución, por lo cual, no se podía notificar en esas condiciones sobre la resolución a las operadoras en mención. 

Señaló también que, en la misma respuesta, se ha sugerido el cómo debería ir el artículo, en virtud que ellos están utilizando la palabra “Modificar rutas” y que la parte de modificar rutas en una competencia que le corresponde a la Agencia Nacional de Tránsito, lo adecuado en estos casos y que le compete al municipio es el cambio de recorrido y señalar nuevas vías por donde tendrán que circular dichas operadoras dentro del Cantón Pastaza.

Eso sí, deja en claro que el alcalde tiene la competencia, que le confiere la misma Constitución de la República en el Art. 264 numeral 2, lo establece también la Ley Orgánica del Transporte en el Art. 30 numeral 5, lo establece el mismo reglamento a la Ley en el Art. 60, en donde se le otorga la competencia de cambiar el recorrido dentro de las vías internas del casco urbano, para decirles a las mismas operadoras del transporte intra provincial por donde deben circular para llegar a su destino. 

En virtud de ello, la ANT está esperando que el Alcalde nuevamente haga llegar la resolución con las correcciones respectivas, para con ello, poder notificar a las operadoras, las mismas que desde entonces tendrán que acatar la disposición. Dentro de la resolución también había un artículo que estaba mal aplicado, puesto que la regulación a las operadoras intra provinciales le corresponde a la ANT mientras que el Municipio tiene que regular en cuanto al uso y ocupación del suelo.

En lo que tiene que ver a la parada establecida como destino final en el centro de la ciudad de Puyo, aclaró que, si bien la ley establece que todas las operadoras tienen que salir y llegar a una terminal terrestre, pero que se puede autorizar una parada, como se lo ha hecho a su debido momento con estas operadoras, así como también a la Río Tigre y Centinela del Oriente, ya que es visto que la terminal terrestre no tiene la capacidad técnica de abarcar a todas las operadoras del transporte.

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