A partir del 16 de septiembre del 2020, el pago por la importación de servicios digitales prestados por empresas no residentes en el país, debe incluir el cobro del 12% impuesto al valor agregado (IVA).
Ya existe el catastro que establece la norma. El director del Servicio de Rentas Internas en Pastaza, Renato Navas, explicó que el procedimiento es similar a la compra de cualquier producto en un almacén, lo mismo ocurrirá con los servicios digitales.
Por ejemplo: Un ciudadano que normalmente pagaba por un servicio digital la cantidad de 10 dólares, ahora deberá sumarle el 12% del IVA (1 dólar con 20 centavos), por lo que terminaría cancelando en total 11 dólares con 20 centavos. “No es otro impuesto es una regulación para los servicios digitales importados (…) Son procedimientos normales en la adquisición de bienes y servicios.”
Navas añadió que hay dos procedimientos que ha establecido la normativa en nuestro país. La primera en la que el prestador se registra ante el SRI. De ser así, el prestador de servicios (no residente en el país) cobrará el IVA y lo declarará ante el SRI.
Si el prestador no se registra, el IVA se cobrará a través de las empresas emisoras de tarjetas de crédito que actuarán como agentes de retención para los servicios digitales importados. En el estado de cuenta del usuario, aparecerá el cobro de la tarifa del 12%, exclusivamente, en el impuesto de las tarifas de las transacciones realizadas por servicios digitales.
Citó otro ejemplo como en el caso de un ciudadano que adquiere un producto en Amazon por 30 dólares, esa cantidad es la que debe pagar por la compra. Pero por concepto de servicios digitales es otra cosa. Por ejemplo, si a través de una plataforma digital en el exterior, una persona compra una pizza por 20 dólares y adicionalmente la plataforma le cobra por el servicio digital 2 dólares, sobre esos 2 dólares se generaría el IVA y no sobre el valor total de la adquisición.
MUCHO OJO
En la página web del SRI está disponible el listado de los proveedores de servicios digitales. Los usuarios pueden descargar ‘Catastro Prestadores de Servicios Digitales’ de forma gratuita. Ahí encontrarán datos de servicios gravados con tarifa 12% del IVA, así como los que están gravados con tarifa 0% del referido impuesto. Además, se diferencia los prestadores residentes en Ecuador y aquellos residentes en el exterior (GT).