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PEDIDO DE ACLARACIÓN

por Andres Ortega

El prefecto de Pastaza, Jaime Guevara a través de un documento elaborado por el abogado Alejandro Torres, solicitó este espacio de aclaración ante el artículo del Lic. André Granda que titulaba ‘Una raya (tributo) más al tigre’ publicado en la edición 730.

  A continuación emitimos el escrito:

  “En el año 2013 se expide la Ordenanza No 70 que regula la Determinación y Recaudación dela Contribución Especial de Mejoras Generales y el fondo para Mantenimiento Vial de aporte comunitario de la Provincia de Pastaza, en dicha ordenanza se encuentra la norma para calcular el monto de la contribución específicamente en su Art. 4 que señala: “Monto de la Contribución.- La Contribución especial de mejoras generales y el fondo para el mantenimiento vial de las vías intercantonales, interparroquiales e intercomunitarias de la provincia de Pastaza, se establece en la suma mensual de un dólar de los Estados Unidos de América (USD $1), para vehículos entre cero y tres toneladas, y de dos dólares para los vehículos de más de tres toneladas. Esta contribución se pagará anualmente, junto con el pago de la matricula anual del vehículo. El pago se realizará en la Tesorería del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Pastaza.”, es decir se encuentra normado el pago por peso del vehículo, cabe mencionar que en la Disposición General PRIMERA de la ordenanza en mención señala: “Exceptúese y exonérese a las Organizaciones Provinciales de Taxistas de Pastaza, de esta contribución, por cuanto, existe beneficio a la comunidad de la Provincia de Pastaza, en el ámbito turístico y social; así como, la contraparte de estas instituciones serán colocar un estiquer de promoción turística en nuestra provincia de Pastaza; excepción esta, que será durante los dos primeros años y a partir del tercer año procederán a cancelar el cincuenta por ciento de esta contribución, de acuerdo a los señalado en el artículo 4 de esta ordenanza. Es decir, actualmente el gremio del taxismo se encuentra pagando el 50% de lo señalado en el art. 4 de la Ordenanza y a la vez debe cumplir con la promoción turística como contraparte del otro 50% a diferencia de lo señalado por su medio de comunicación que contrasta con la realidad”.

Al final del escrito, menciona que el destino de la contribución especial de mejoras será para el mantenimiento vial que dará el Gobierno Provincial y que este aporte fue debidamente socializado, aclarando así el artículo de autoría del Lic. André Granda.

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